Acceso de alumnos con título extranjero no homologado expedido por país ajeno al EEES
Relación de países integrantes del EEES:
Albania, Alemania, Andorra, Armenia, Austria, Azerbaijan, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República de Macedonia, Rumania, Rusia, Santa Sede, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.
Los estudiantes que deseen iniciar estudios oficiales en un Máster Universitario y estén en posesión de un título extranjero de educación superior NO HOMOLOGADO, expedido por un país cuyo sistema educativo sea ajeno al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) deberán presentar documentación que permita determinar si los títulos poseídos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.
Plazo, lugar y documentación para el acceso con título extranjero no homologado:
Plazo: La solicitud se cursará en el mes de junio.
Para las solicitudes realizadas por correo postal, la fecha límite del 30 de junio se entenderá como la fecha del sello postal.
Simultáneamente, la solicitud se podrá enviar por correo electrónico, con el fin de agilizar los trámites, teniendo en cuenta que la documentación original deberá enviarse al Centro cumpliendo los requisitos de plazo.
Lugar: En la Secretaría de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales -Registro autorizado de la Universidad de Zaragoza-.
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Secretaría del Centro
Gran Vía, 2, 50005 Zaragoza
Telf: +34 976 76 1771 Fax: +34 976 76 1832
e-mail: sececonz@unizar.es
Documentación:
-
Fotocopia DNI o pasaporte.
-
Título de enseñanza superior legalizado por el Mº de Educación y por el de Asuntos Exteriores del país de origen, por el Consulado Español en dicho país y por el Mº de Asuntos Exteriores Español (legalización diplomática). Los países firmantes que han suscrito el Convenio Andrés Bello no necesitan la legalización del Mº de Asuntos Exteriores Español. (*)
-
Certificación académica oficial de los estudios realizados, con idéntica legalización que el título (*)
-
Programa y contenidos de las asignaturas cursadas
(*) En el momento de efectuar la solicitud, pueden aportarse solo fotocopias, debiendo presentar en el momento de formalizar la matrícula los documentos con la legalización exigida.
La legalización diplomática puede ser sustituida por la Apostilla de la Haya, si se proviene de países firmantes de dicho Convenio.
Todos los documentos expedidos en idiomas extranjeros cuyo uso no sea habitual, deberán estar traducidos al castellano, de acuerdo con la legislación vigente.
Los documentos expedidos en los estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo no sería preciso que estén legalizados.
Más información sobre legalización y traducción
Además del impreso de autorización para cursar estudios oficiales de máster con título extranjero no homologado, deberán presentar en el centro el impreso de solicitud de admisión, de acuerdo con el procedimiento general.
